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Subrogación en Colombia sin estar casados: lo que debe saber

23 de octubre de 2026
Subrogación en Colombia sin estar casados: lo que debe saber

No, el matrimonio no es un requisito para hacer una gestación subrogada en Colombia. Parejas heterosexuales sin casar, parejas del mismo sexo y personas solteras pueden iniciar el proceso. Lo que sí pesa es otra cosa: un acuerdo bien estructurado, abogados locales con experiencia, el trámite judicial posterior al nacimiento y, si usted es ciudadano estadounidense, la prueba del vínculo genético con su hijo para transmitirle la ciudadanía.

Esta guía está escrita para familias en Estados Unidos que se preguntan si su estado civil las deja fuera. Explicamos qué dice el marco legal colombiano, qué cambia cuando no hay matrimonio y qué debe preparar desde el primer día.

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En resumen

  • El matrimonio no es condición. Según una guía legal sobre subrogación en Colombia para padres extranjeros, el entorno legal es accesible para personas solteras, parejas del mismo sexo y parejas heterosexuales, casadas o no.
  • No existe una ley específica. La práctica se apoya en sentencias de la Corte Constitucional, como la T-968 de 2009, y por eso el asesoramiento legal local es indispensable.
  • El nacimiento no cierra el proceso. El registro inicial suele incluir a la gestante como madre legal y debe corregirse mediante un proceso judicial que puede tardar meses.
  • Para familias de EE. UU., el obstáculo suele ser la ciudadanía. El Departamento de Estado exige un vínculo genético o gestacional entre el niño y un padre o madre ciudadano.

Tabla de contenidos

¿Qué dice Colombia sobre el estado civil de los padres?

Colombia no prohíbe expresamente la gestación subrogada ni la regula con una ley nacional específica. Opera dentro de un marco de precedentes de la Corte Constitucional, entre ellos la Sentencia T-968 de 2009, que define el alquiler de vientre o maternidad subrogada y marcó el inicio de esa jurisprudencia.

En ese marco no aparece una exigencia de matrimonio. Lo que los jueces y los médicos observan es la voluntad de ser padres, el consentimiento informado de todas las partes, el carácter altruista del acuerdo y la protección del niño. Por eso, como resume la guía legal citada, el camino está abierto tanto a parejas casadas como a parejas que conviven sin haberse casado, y también a personas solteras.

La Corte ha reiterado además que los niños nacidos por gestación subrogada tienen los mismos derechos que cualquier otro niño y no pueden ser discriminados por la forma en que nacieron. Es una garantía importante para cualquier modelo de familia.

¿Qué dice Colombia sobre el estado civil de los padres? — overview diagram

Hay que decirlo con claridad. La falta de legislación integral genera incertidumbre. La Corte ha exhortado al Gobierno y al Congreso a tramitar un proyecto que regule la materia, y los intentos anteriores se han archivado. En mayo de 2024 la Corte también hizo un llamado a varias entidades nacionales para que regulen, en particular, los efectos sobre el registro civil de los niños.

Esto no significa que el proceso sea inviable. Significa que el contrato, el manejo de los pagos y los trámites posteriores deben hacerse con profesionales que conozcan cómo se aplica el marco en la práctica.

Quién puede iniciar el proceso según su situación

La pregunta de fondo no es si está casado, sino qué trámites le tocan a su perfil. Esta tabla resume los puntos que cambian.

Situación¿Se exige matrimonio?Punto que requiere más atención
Pareja heterosexual sin casarNoDefinir quién aporta el material genético y cómo se documentará la filiación
Pareja del mismo sexoNoVínculo genético con al menos uno de los padres y, si aplica, donación de óvulos
Persona solteraNoPrueba de vínculo genético y requisitos de residencia en EE. UU. para la ciudadanía
Sobreviviente de cáncerNoCoordinación con su equipo médico y valoración de la opción genética disponible

En nuestra guía sobre requisitos de subrogación en Colombia no entramos; para el detalle de requisitos médicos y documentales le recomendamos leer los requisitos de subrogación en Colombia, donde los desarrollamos paso a paso.

Parejas heterosexuales que no están casadas

Si usted y su pareja conviven sin haberse casado, pueden presentarse juntos como padres intencionales. Lo recomendable es dejar por escrito, desde el acuerdo inicial, la voluntad de ambos y la forma en que se documentará la paternidad o maternidad. Para quienes están en este caso, tenemos un servicio específico de subrogación para parejas heterosexuales.

Parejas LGBTQ+

El marco colombiano ha permitido que parejas del mismo sexo accedan a la subrogación, y no se les pide matrimonio previo. Si quiere entender cómo se ha construido esa apertura, puede consultar nuestro artículo sobre cómo Colombia respalda la subrogación para parejas LGBT. Contamos con páginas dedicadas a parejas de hombres, parejas de mujeres y parejas transgénero.

Personas solteras

Ser soltero no impide el proceso en Colombia. El punto delicado, para ciudadanos estadounidenses, es el de la ciudadanía del niño, que explicamos más abajo. También hemos escrito sobre la subrogación para padres solteros en Colombia.

El proceso, paso a paso

El orden concreto varía según cada caso, pero la secuencia general es esta:

  1. Consulta inicial y evaluación del caso. Se revisan su perfil, sus objetivos y los documentos que necesitará su país.
  2. Asesoría legal local. Un abogado colombiano revisa la estructura del acuerdo, incluido el carácter altruista y el tratamiento de los gastos.
  3. Selección de la gestante y de la clínica. Se evalúa a la gestante desde el punto de vista médico y psicológico, y se coordina con la clínica de reproducción.
  4. Tratamiento y transferencia embrionaria. Se prepara el ciclo, se transfiere el embrión y se hace seguimiento del embarazo.
  5. Nacimiento y registro civil. El registro inicial es el punto de partida, no el resultado final.
  6. Proceso judicial posterior. Se corrige el registro para reconocer legalmente a los padres intencionales.
  7. Documentos de salida y ciudadanía. Se gestionan el pasaporte, el reporte consular y, en su caso, la prueba de ADN.

Lo que ocurre después del nacimiento

Muchos padres creen que el primer certificado de nacimiento colombiano es definitivo. No lo es. Según la guía legal mencionada, ese documento suele inscribir a la gestante como madre legal y debe corregirse mediante un proceso judicial de impugnación de la maternidad, que puede tomar meses.

Tampoco hay en Colombia una orden de filiación previa al nacimiento, como existe en algunos estados de EE. UU. Por eso conviene prever una estancia de varias semanas o meses tras el parto. Para organizarla, puede ver nuestra guía práctica del viaje a Colombia y la lista de qué preparar antes de viajar.

La Corte también ha conocido casos de niños nacidos en Colombia por acuerdos internacionales que quedaron sin nacionalidad por problemas de documentación, como el de una niña nacida en 2022 que terminó en Ucrania sin nacionalidad. Es una razón concreta para no improvisar los trámites de salida.

Ciudadanía estadounidense: el punto que más sorprende

Si usted es ciudadano de EE. UU., su estado civil importa menos que la biología. Según el Departamento de Estado, para transmitir la ciudadanía al nacer debe existir una relación genética o gestacional entre el niño y un padre o madre ciudadano. Si no se cumple, el niño no obtiene la ciudadanía estadounidense al nacer.

La prueba de ADN es el método que el Departamento de Estado acepta cuando la documentación no basta, y debe mostrar un grado de certeza de al menos 99,5 %.

Otro requisito que sorprende a los solteros y a los padres jóvenes: según la misma fuente, el padre o madre ciudadano debe haber estado físicamente presente en EE. UU. durante al menos cinco años antes del nacimiento, y dos de ellos después de cumplir catorce. Si no está seguro de cumplirlo, consulte antes de empezar con un abogado de inmigración en EE. UU.

El Departamento de Estado recomienda consultar con un abogado de inmigración y advierte que, si el acuerdo no sigue la ley local, pueden surgir complicaciones graves para documentar al niño. También aclara que no verifica ni respalda las tasas de éxito que anuncian algunas clínicas. Es un buen motivo para pedir siempre transparencia sobre resultados y procesos.

Costos: qué esperar sin inventar cifras

Según la guía legal citada, el costo total realista de un proceso en Colombia, con gastos médicos, legales y de agencia pero sin viajes ni alojamiento, suele situarse entre 60.000 y 120.000 dólares, una cifra considerablemente menor que la de programas comparables en EE. UU. Es una referencia general de mercado, no una tarifa nuestra: nuestros servicios no tienen un precio publicado y el presupuesto se prepara según cada caso.

Tenga en cuenta, además, que los pagos a la gestante deben estructurarse con cuidado. Distinguir entre reembolso razonable de gastos y pago comercial es un asunto legal delicado, y conviene definirlo con un abogado local desde el principio.

Nuestra perspectiva

Desde Colombia Surrogacy Partners vemos a diario la misma confusión: familias que creen que, sin matrimonio, el proceso está cerrado, o que, por el contrario, creen que todo se resuelve con firmar un contrato. Ninguna de las dos ideas es correcta.

Nuestro trabajo parte de una convicción: la paternidad y la maternidad son un derecho fundamental, y el estado civil no debería decidir quién puede formar una familia. Por eso acompañamos a parejas LGBTQ+, parejas heterosexuales, personas solteras y sobrevivientes de cáncer, y también a personas con VIH. Hasta hoy hemos visto más de 60 nacimientos.

A la vez, creemos que la honestidad vale más que la promesa fácil. Colombia ofrece un marco accesible, pero sin una ley específica. Eso exige un equipo legal y médico con experiencia, un acuerdo altruista bien estructurado y una conversación franca sobre la ciudadanía desde la primera reunión. También exige respetar a la gestante: puede leer qué protecciones debe tener durante todo el proceso.

— Florent Letronne, PhD

Cómo podemos acompañarle

Si quiere saber cómo se aplicaría este marco a su situación, nuestro equipo orienta a padres intencionales en la selección de la gestante, la coordinación médica, el apoyo psicológico, el acompañamiento legal y los trámites internacionales. Puede conocer el servicio en nuestra página de subrogación, la de parejas internacionales o consultar nuestras sedes en Bogotá y EE. UU.. Para una visión general del país, vea también nuestra página sobre subrogación en Colombia.

Errores frecuentes cuando no hay matrimonio

  • Suponer que el registro inicial basta. Sin el proceso judicial posterior, su situación legal no queda completa.
  • No decidir el aporte genético con tiempo. Para la ciudadanía estadounidense, esa decisión pesa más que el estado civil.
  • Descuidar la documentación de pareja. Si conviven sin casarse, conserve pruebas de su relación y deje clara la voluntad de ambos por escrito.
  • Elegir por precio o por promesas de éxito. El Departamento de Estado ha encontrado clínicas que dieron información incorrecta sobre ciudadanía y casos de material genético sustituido por error, por eso la verificación es esencial.
  • No planear el tiempo en Colombia. Reserve semanas o meses después del parto, no días.

Preguntas frecuentes

¿Necesito estar casado para hacer una subrogación en Colombia?

No. El marco basado en sentencias de la Corte Constitucional no exige matrimonio, y el proceso es accesible para parejas casadas o no, parejas del mismo sexo y personas solteras. Lo importante es contar con un acuerdo bien estructurado y asesoría legal local.

¿Puede una persona soltera de EE. UU. transmitir la ciudadanía a su hijo?

Puede ser posible si existe vínculo genético o gestacional con el niño y se cumplen los requisitos de presencia física en EE. UU. que fija el Departamento de Estado. Como el cálculo depende de su historial, consulte antes con un abogado de inmigración.

No está expresamente prohibida ni cuenta con una ley específica. Se practica dentro de un marco de precedentes de la Corte Constitucional, que ha pedido repetidamente al Congreso y al Gobierno que la regulen.

¿Cuánto tiempo debo quedarme en Colombia después del nacimiento?

Depende del trámite judicial y de los requisitos de su embajada, pero conviene prever varias semanas o incluso meses. El registro inicial debe corregirse mediante un proceso que puede tardar meses.

Fuentes

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